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El proyecto “Schmitt frente a Gadamer. El pensamiento de la comprensión jurídica como hermenéutica de la existencia”, de los profesores titulares del IDF, Hugo E. Herrera y Aïcha Liviana Messina, acaba de ser seleccionado en el concurso Fondecyt Regular 2019. En tanto Hernán Pringe, también profesor titular del IDF, es el co-investigador de otro proyecto seleccionado: “Kant y la ‘revolución del modo de pensar’. El significado de la ‘revolución copernicana’ como clave interpretativa de la filosofía kantiana y su impacto en el neokantismo de Marburgo”, dirigido por Eduardo Molina (UAH).
Esta selección será enviada para ratificación del Consejo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico. El listado completo de proyectos propuestos para adjudicación puede consultarse aquí.
Sobre los proyectos seleccionados
El proyecto de Hugo Herrera (investigador responsable) y Aïcha Messina (co-investigadora) intenta, a partir de una consideración de toda la obra de Carl Schmitt y de la atención a la teoría de la comprensión desarrollada por Gadamer, someter a prueba la siguiente hipótesis: en la base del pensamiento de Schmitt radica una teoría general de la comprensión, desarrollada a partir de una reflexión sobre la comprensión jurídica. Se trata de una teoría que considera reflexivamente las condiciones de la comprensión y se distancia de posiciones comprensivas extremas, que Schmitt identifica con lo que llama, usando una terminología neokantiana, “substancialismo” y “funcionalismo”.
Schmitt tematiza tempranamente, en el contexto de sus estudios jurídicos, la relación y tensión entre dos polos de la comprensión: un polo ideal, de las producciones de la mente, en el que se incluyen conceptos, reglas y normas; y un polo real, de las situaciones concretas. Esos polos, mostrará, determinan no sólo la situación jurídica en sentido estricto, p. ej., esa en la que se halla el juez. Además, los polos determinan todas las situaciones humanas. En toda situación, quien comprende se encuentra con conceptos y reglas, y un polo real o existencial. Tanto en la situación jurídica estricta cuanto en la situación en sentido amplio, emergen esos dos polos en una relación de tensión: son polos que deben ser puestos en relación, pero que son heterogéneos. Las reglas y los conceptos son generales, los casos particulares, excepcionales, concretos, únicos, “otros”.
Para contrastar la hipótesis propuesta, los investigadores acudirán al pensamiento de Hans-Georg Gadamer. Décadas después que Schmitt, Gadamer notará “el significado ejemplar de la hermenéutica jurídica”. La afirmación se basa en la consideración de que en toda comprensión hay una “tensión”, que adquiere contornos especialmente nítidos en la comprensión jurídica, entre reglas y conceptos previos y la “situación” por ser comprendida. En tanto que la situación es concreta y dotada de sentido, la comprensión no puede ser realizada en el modo de una subsunción de la situación bajo reglas y conceptos generales cuyo contenido permanezca incólume. En cambio, se requiere comprender el sentido de las reglas y conceptos a la luz del significado de la situación. Entre el pensamiento de Gadamer y el de Schmitt parece existir, así, una cercanía notoria.
En los estudios schmittianos no hay una consideración de la obra de Schmitt que atienda específicamente a la tematización que él hace del modo de comprensión jurídico como uno con alcances generales; ni que haya mostrado cómo esa tematización se desarrolla desde temprano y hasta las obras de madurez de Schmitt; y cómo ella halla expresión en todos los textos principales de ese autor. Tampoco hay estudios que aborden detenidamente el vínculo del pensamiento schmittiano de la comprensión con la hermenéutica gadameriana.
Por su parte, el proyecto “Kant y la ‘revolución del modo de pensar’. El significado de la ‘revolución copernicana’ como clave interpretativa de la filosofía kantiana y su impacto en el neokantismo de Marburgo”, de Eduardo Molina (UAH) y Hernán Pringe (IDF-UDP), tiene como objetivo general estudiar el concepto kantiano de una “revolución del modo de pensar” y ofrecer una adecuada comprensión de dicha revolución, en términos metodológicos, con el propósito de probar su viabilidad como clave interpretativa de la filosofía práctica de Kant y luego ampliar esa función a la interpretación de la recepción de la filosofía de Kant en el neokantismo de Marburgo.
En la Crítica de la razón pura, Kant propone como problema fundamental de su investigación la determinación de la posibilidad de la metafísica como ciencia. Para llevar a cabo tal determinación –sostiene– se debe ensayar en la metafísica la misma “revolución del modo de pensar” que sirvió antes para que la matemática y la investigación de la naturaleza se convirtieran en disciplinas científicas. Kant ilustra dicha revolución con la propuesta de la teoría heliocéntrica de Copérnico. Debido al uso de ese ejemplo, los intérpretes se han referido a esta “revolución del modo de pensar” propuesta por Kant, y al impacto de la filosofía kantiana en general, como al “giro copernicano” o a la “revolución copernicana” de Kant. Dicha revolución o dicho giro plantea el problema general de la investigación propuesta aquí. Pues, como lo muestra la discusión actual entre los especialistas kantianos, tanto como aquella que tiene lugar en otros ámbitos del debate filosófico, el significado que Kant le otorga a la idea de llevar a cabo en la metafísica una “revolución en el modo de pensar” dista de ser claro.
Específicamente, la investigación busca determinar el significado que tiene para Kant la idea de una “revolución del modo de pensar” como clave interpretativa de la historia de la matemática y de la física; determinar el significado preciso que tiene la idea de una “revolución del modo de pensar” cuando ella es aplicada a la metafísica, tanto de la naturaleza como de las costumbres; formular una comprensión general de la filosofía kantiana a la luz de la “revolución del modo de pensar”; es decir: mostrar que, además de servir como clave interpretativa para la comprensión de la fundamentación kantiana de la metafísica de la naturaleza y de las costumbres, la “revolución del modo de pensar” permite comprender también la fundamentación kantiana de la filosofía práctica; finalmente, discernir el impacto que la “revolución del modo de pensar” kantiana tiene en algunos aspectos especiales que definen al neokantismo de Marburgo y que juegan un papel relevante en la fundamentación filosófica de la ciencia a partir del siglo XIX.